Acabo de leer (y lo recomiendo) un muy buen editorial del profesor Chiara Díaz, en su creciente y promisorio Suplemento de Administración de Justicia y Reformas Judiciales que se publica electrónicamente en ElDial.com. Compara las conclusiones divergentes a las que arribaron las Comisiones Civil y Penal del reciente XXIV Congreso Nacional de Derecho Procesal (Mar del Plata, 8 al 10 de noviembre de 2007) que, cada una por su lado, trataron el tema "Principio de Congruencia".
Tal parece que mientras los estudiosos del proceso penal luchamos por alcanzar un juez verdaderamente imparcial como requisito constitucional básico de la justicia, la misma Constitución es leída por los procesalistas civiles en el sentido de que el juez no debiera ser "tan" imparcial, y que para alcanzar "la justicia del caso" no está mal que pase por encima del caso que le traen a resolver las partes.
¿Será que hay dos constituciones, o alguno de los dos sectores de la Academia está interpretando fuera del tarro?
Puede verse el artículo completo aquí. Las conclusiones del Congreso serán publicadas en su sitio oficial en los próximos días, de lo que oportunamente anoticiaremos aquí.
martes, 20 de noviembre de 2007
miércoles, 14 de noviembre de 2007
Binder en la Universidad Atlántida
Por fin, después de varios años desde que nos comprometimos a invitarlo, logramos que Alberto Binder visite la sede Mar del Plata de la Universidad Atlántida Argentina. El viernes 9 de noviembre ofreció a los presentes una conferencia sobre el tema "Análisis político criminal: aportes para la eficiencia del poder penal"
Con su habitual estilo llano y didáctico, pero riguroso, desarrolló su posición sobre los problemas de la ineficiencia en la persecución de los delitos, vinculándolos directamente con la legitimación del sistema. Sostiene Binder que la persecución penal no se legitima tan sólo por el respeto a las garantías constitucionales. Ese marco constitucional es condición necesaria pero no suficiente para legitimar el ejercicio del poder punitivo: si la persecución penal no sirve a su único fin admisible en un Estado de derecho, que es el de brindar tutela a los derechos de las víctimas, queda reducida a un mero ejercicio autoritario.
Señaló la importancia de separar las cuestiones vinculadas a la eficiencia del ámbito del Derecho Penal y Procesal Penal, cuya preocupación central debe seguir siendo la de construir diques de contención al poder penal. Retomando el primer pensamiento de Von Liszt, reclamó para la Política Criminal un rol de impulso analítico sobre las condiciones de eficiencia, tarea que requiere de todo un bagaje instrumental distinto al del Derecho. Ejemplificó con la noción de "delito", que es central para desarrollar estrategias limitadoras del poder penal, pero del todo inútil (y contraproducente) cuando se trata de enfrentar el problema de la criminalidad, imposible de generalizar en esos términos.
Desde esa perspectiva, marcó cinco puntos en la agenda futura del análisis político criminal; construir una visión estatégica de la persecución penal, modernizar el sistema de investigación de los delitos, evitar la sobrecarga endémica, utilizar todos los recursos sociales (persecución penal comunitaria) y rescatar el vínculo entre acción penal y víctima, abandonando el modelo autoritario del derecho penal infraccional.
Señaló ejemplos vinculados a la enorme lista de mercados ilegales (enumeró más de veinte), y las distintas estrategias de intervención vinculados a ellos y desde la propia lógica de los mercados. Puso como ejemplo el mercado de vehículos y autopartes robadas, afirmando que de nada sirve orientar la persecución contra los ladrones de autos: cada vez que un ladrón es encarcelado, su lugar es ocupado por un ladrón más inexperto, que para robar tiene que actuar en forma más violenta. En cambio, cuando se apuntó a otros segmentos del mercado (los desarmaderos), el fenómeno criminal disminuyó drásticamente, al menos hasta que la política criminal orientada en ese sentido pudo sustentarse, lo que demuestra la importancia de abordar la temática desde muy variadas y amplias perspectivas.
En definitiva, abogó por incoporar la discusión sobre política criminal a la agenda del debate democrático, y demostró que es posible, según sus propias palabras, "hablar de eficiencia en la persecución penal sin necesidad de transformarse en un protofascista".
La conferencia de Alberto Binder fue presentada como actividad preliminar del Seminario sobre Análisis Político Criminal que INECIP Mar del Plata y la Universidad Atlántida Argentina llevarán adelante durante 2008, actividad de la que informaremos en breve en este mismo sitio.
martes, 23 de octubre de 2007
Aprendiendo a hacer de Abogado
Quiero compartir con ustedes una noticia extractada de la edición de ayer de Diariojudicial.com:
(Puede verse la nota completa aquí)
Hasta aquí, un extracto de la noticia. Algunos comentarios:
* Espléndido entrenamiento sobre cómo hacer de abogado en un juicio oral. Eso sí, van a necesitar libretistas, porque con este curso no parece que los egresados sepan qué tienen que hacer.
* Esto mismo pasó en el año 1992, cuando se puso en vigencia el Código procesal federal, brotaron como hongos después de la lluvia los cursos de oratoria y actuación. Lo que alarma, es que quince años después, cuando en todas nuestras provincias (¡incluso en Santa Fe!) hay una buena cantidad de capacitadores en litigación, todavía los Colegios de Abogados compren pociones mágicas a los mercachifles.
* Queda claro que nadie les avisó a los abogados que su mayor desafío frente a la reforma no es el pánico escénico, sino lisa y llanamente, aprender el oficio de abogar en el escenario natural de la sala de audiencias.
Mal que nos pese, es evidente que la mayoría de nosotros creemos que ser Abogado es saber tramitar expedientes, y eso es lo que seguimos enseñando en nuestras Universidades, donde nadie parece haberse enterado que hace veinte años que comenzó el final de la Inquisición en América Latina.
Luz, cámara, acción
En Santa Fe, el Colegio de profesionales comienza a preparar a los abogados para los juicios orales. Dictará a partir de este martes cursos para entrenar a los letrados en el nuevo sistema acusatorio provincial que regirá en toda la provincia en junio de 2008. Son cursos sobre cómo desempeñarse en público, oratoria y actuación que serán dictados por abogados y actrices.
(...) "La capacitación apunta a entrenar al abogado para el abordaje de las nuevas situaciones que se presentan a partir de la reciente sanción del Código Procesal Penal. La exposición pública que impone el juicio oral hace necesario que el profesional del derecho deba sostenerse eficazmente, desarrollando una oralidad personal, creativa, convincente, con correcto uso del idioma y de alto contenido argumental", explica el Colegio. (...) La Capacitación y Entrenamiento para Juicio Oral, tal su nombre completo, se divide en cuatro módulos. El primero sobre oratoria (estructuración coherente del discurso); el segundo de entrenamiento laboral escénico (técnicas de actuación, dicción y respiración, abordaje apara evitar el miedo escénico, dominio del auditorio); el tercero vinculado al buen uso del idioma (semántica, sintaxis, adjetivaciones, sinónimos, dudas respecto de vocablos y frases) y el último sobre el desempeño durante las audiencias con juegos de rol. Además, habrá actividades especiales como ejercicios de entrenamiento corporal y vocal; técnicas de respiración, relajación y dominio de la audiencia; planteo y resolución de diversas situaciones jurídicas; y ejercicios para desarrollar la imaginación y la creatividad.
(Puede verse la nota completa aquí)
Hasta aquí, un extracto de la noticia. Algunos comentarios:
* Espléndido entrenamiento sobre cómo hacer de abogado en un juicio oral. Eso sí, van a necesitar libretistas, porque con este curso no parece que los egresados sepan qué tienen que hacer.
* Esto mismo pasó en el año 1992, cuando se puso en vigencia el Código procesal federal, brotaron como hongos después de la lluvia los cursos de oratoria y actuación. Lo que alarma, es que quince años después, cuando en todas nuestras provincias (¡incluso en Santa Fe!) hay una buena cantidad de capacitadores en litigación, todavía los Colegios de Abogados compren pociones mágicas a los mercachifles.
* Queda claro que nadie les avisó a los abogados que su mayor desafío frente a la reforma no es el pánico escénico, sino lisa y llanamente, aprender el oficio de abogar en el escenario natural de la sala de audiencias.
Mal que nos pese, es evidente que la mayoría de nosotros creemos que ser Abogado es saber tramitar expedientes, y eso es lo que seguimos enseñando en nuestras Universidades, donde nadie parece haberse enterado que hace veinte años que comenzó el final de la Inquisición en América Latina.
miércoles, 26 de septiembre de 2007
"Las prisiones son un instrumento para que haya m�s criminales" | LANACION.com
Siempre vale la pena prestar atención a la perspectiva de Christie. Muy bueno desde el arranque:
"Las prisiones son un instrumento para que haya m�s criminales" | LANACION.com
Hay palabras que no comunican, sino que le ocultan a la gente lo que realmente pasa. Se trata de camuflar los conflictos con palabras que no son del todo claras. El castigo frente a un hecho delictivo es uno de esos conflictos.
"Las prisiones son un instrumento para que haya m�s criminales" | LANACION.com
martes, 25 de septiembre de 2007
La República, el sistema acusatorio y la fundamentación de las decisiones judiciales
En este artículo, terminado este fin de semana, y que por ahora sólo se publica en este blog, propongo una mirada alternativa sobre el problema de la fundamentación de las decisiones judiciales, relacionándolo no sólo con la epistemología propia del proceso adversarial, sino además, con la legitimación social de los fallos de la justicia.
El escenario del proceso adversarial (la sala de audiencias) genera la necesidad de revisar todas las posiciones asumidas desde el modelo inquisitorial. Entre ellas, se postula rediscutir el rol del juez, afirmando, por ejemplo, que
Por último, se mira la fundamentación desde la óptica de la publicidad. Es decir, un juez que explica a las partes y a la sociedad (en el lenguaje llano y natural en que las personas se comunican) por qué toma tal o cual decisión, antes que un jurista escribiendo para el Tribunal de alzada y la posteridad.
Desde ya, no podían faltar algunas acotaciones mordaces, de esas que hacen que los funcionarios públicos no se animen a invitarme a actos oficiales...
Leer el artículo completo
El escenario del proceso adversarial (la sala de audiencias) genera la necesidad de revisar todas las posiciones asumidas desde el modelo inquisitorial. Entre ellas, se postula rediscutir el rol del juez, afirmando, por ejemplo, que
El juez no representa el “interés general” ni el “bien común” ni ninguna otra abstracción semejanteLa imparcialidad y la contradicción (dos caras de una misma moneda) generan una epistemología totalmente diversa a la que presupone el modelo inquisitorial de juez omnisapiente, único capaz de destilar verdad desde las posiciones interesadas (falaces) de las partes. En cambio,
en el modelo acusatorio las partes son condición indispensable de la verdad, y el juez no puede declarar la verdad sin las partes.
Por último, se mira la fundamentación desde la óptica de la publicidad. Es decir, un juez que explica a las partes y a la sociedad (en el lenguaje llano y natural en que las personas se comunican) por qué toma tal o cual decisión, antes que un jurista escribiendo para el Tribunal de alzada y la posteridad.
Desde ya, no podían faltar algunas acotaciones mordaces, de esas que hacen que los funcionarios públicos no se animen a invitarme a actos oficiales...
Sumario:
- Algunos inventos del absolutismo reciclados en favor de la República
- La publicidad (o la diferencia entre “res” y “República”)
- ¿En qué se funda (y cómo se controla) la decisión del juez en un sistema acusatorio?
- Fundar o explicar: ¿Puede “la gente” entender las razones de la justicia?
- ¿Conclusión?
Leer el artículo completo
domingo, 23 de septiembre de 2007
viernes, 21 de septiembre de 2007
¿Resucitará?
Gracias a Alberto Bovino y su permanente actividad en esto del pensar, el opinary el enseñar, que me recordó que allá lejos y hace tiempo tuve la iniciativa (trunca, como la mayoría de los blogs) de iniciar este canal de comunicación. Veré si en los próximos días puedo subir algo de la mucha información y las (no tantas) ideas que pasan por mis dedos, ojos, oídos, boca y cerebro, vinculadas en general con las desdichas y afanes del proceso penal.
Por ahora, si algún otro desvelado pasa por este blog, vaya para "No Hay Derecho" (http://nohuboderecho.blogspot.com) que ahí sí que se dicen cosas. /GN
Por ahora, si algún otro desvelado pasa por este blog, vaya para "No Hay Derecho" (http://nohuboderecho.blogspot.com) que ahí sí que se dicen cosas. /GN
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